¿Qué es el contrato administrativo?
El contrato administrativo es el acuerdo jurídico que se establece entre una entidad del sector público y un proveedor privado para la adquisición de bienes, servicios u obras, sometido a un régimen jurídico especial que combina elementos del derecho público y privado.
Este tipo de contrato se caracteriza por la desigualdad jurídica entre las partes, ya que la administración tiene prerrogativas especiales como la potestad de modificación unilateral del contrato, la resolución por interés público o la imposición de sanciones administrativas.
El contrato administrativo está regulado por la Ley de Contratos del Sector Público, que establece las reglas específicas que rigen su formación, ejecución y extinción.
La formación del contrato sigue un procedimiento administrativo que incluye la publicación del anuncio de licitación, la presentación de ofertas, la evaluación de las mismas y la adjudicación mediante un acto administrativo.
Durante la ejecución del contrato, la administración tiene facultades de dirección, control y sanción, pudiendo supervisar el cumplimiento de las obligaciones por parte del contratista e imponer sanciones en caso de incumplimiento.
El contratista tiene derecho a recibir la contraprestación económica acordada, pero también está sujeto a obligaciones específicas como la ejecución personal del contrato, la subcontratación limitada o la responsabilidad solidaria en caso de agrupaciones.
El contrato administrativo puede modificarse por acuerdo de las partes o por decisión unilateral de la administración, siempre que se justifique la necesidad y se respeten los límites establecidos en la normativa.
La extinción del contrato puede producirse por cumplimiento, resolución por interés público, incumplimiento del contratista o causas de fuerza mayor.
Los litigios derivados de contratos administrativos se resuelven ante la jurisdicción contencioso-administrativa, que tiene competencia exclusiva para conocer de estos asuntos.