Licitaciones de limpieza: guía para empresas del sector | Tendios

Los contratos de limpieza representan uno de los segmentos más activos y competitivos de la contratación pública en España. Hospitales, colegios, edificios administrativos, instalaciones municipales y dependencias de todo tipo contratan estos servicios de forma recurrente, lo que convierte al sector en una fuente constante de oportunidades para empresas de cualquier tamaño.
Sin embargo, la alta competencia, los márgenes ajustados y la intensidad en mano de obra hacen de este sector uno de los más exigentes desde el punto de vista licitador. Conocer sus reglas específicas, tanto las del pliego como las del convenio colectivo sectorial, es condición indispensable para preparar una oferta competitiva y sostenible.
Un contrato de servicios con características propias
Los contratos de limpieza se articulan en España como contratos de servicios al amparo del artículo 17 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP). Esta categoría contractual implica que el licitador asume la organización de los medios para prestar el servicio, con independencia de la carga de trabajo exacta en cada periodo.
El procedimiento de adjudicación más habitual depende del importe estimado. Por encima de los umbrales de regulación armonizada, se aplica el procedimiento abierto con publicación en la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP) y en el DOUE. Para contratos de menor cuantía se emplea el procedimiento abierto simplificado, y para los de importe inferior a 15.000 euros (IVA excluido), el contrato menor conforme al artículo 118 LCSP.
La duración habitual es de dos a cuatro años, con posibilidad de prórroga expresa conforme al artículo 29 LCSP. En la práctica administrativa, los contratos de limpieza suelen prorrogarse hasta el máximo permitido, lo que hace especialmente importante calcular bien los costes a largo plazo al preparar la oferta.
Los códigos CPV del sector de limpieza
Los códigos CPV que agrupan la mayor parte de los contratos de limpieza en España pertenecen a la familia 90910000 del vocabulario común de contratos públicos de la UE. Los más frecuentes son:
- 90910000: Servicios de limpieza (categoría general)
- 90911000: Servicios de limpieza de viviendas, edificios y ventanas
- 90911200: Servicios de limpieza de edificios
- 90919200: Servicios de limpieza de oficinas
Conocer estos códigos permite configurar en Tendios alertas automáticas por CPV, sector y territorio, de forma que las nuevas licitaciones lleguen sin necesidad de búsqueda manual diaria y sin perder convocatorias con plazos ajustados.
El convenio colectivo como base del presupuesto
El coste de personal puede representar entre el 70% y el 80% del presupuesto total en contratos de este tipo. Por ello, el artículo 100.2 de la LCSP establece de forma expresa que, cuando sea previsible que el contrato se ejecute principalmente mediante mano de obra, el presupuesto base de licitación deberá incluir el coste estimado de los salarios del personal, calculado conforme al convenio colectivo que resulte de aplicación.
En el sector de limpieza de edificios y locales, el convenio de referencia a nivel nacional es el Convenio Colectivo Estatal del Sector de la Limpieza de Edificios y Locales, publicado en el BOE y negociado periódicamente por los sindicatos y las asociaciones patronales del sector. Este convenio establece las tablas salariales por categoría profesional que el órgano de contratación debe emplear para calcular el presupuesto base, y que el licitador debe usar como punto de partida irrenunciable al calcular sus costes.
Ofrecer por debajo de esos costes laborales mínimos es una garantía de inviabilidad del contrato durante su ejecución. Además, es uno de los motivos más habituales por los que una oferta es declarada incursa en baja temeraria (art. 149 LCSP) y se exige al licitador la justificación de su precio.
La subrogación de personal: obligaciones del licitador
La subrogación de personal es uno de los aspectos más específicos de los contratos de limpieza. Cuando el convenio colectivo aplicable o la legislación laboral lo establecen, el nuevo adjudicatario está obligado a asumir los trabajadores que venían prestando el servicio con el contratista saliente.
El artículo 130 de la LCSP obliga al órgano de contratación a facilitar a los licitadores, en el pliego o en la documentación complementaria, información detallada sobre las condiciones laborales de los trabajadores afectados: número de empleados, categorías, tipos de contrato, jornadas, antigüedad y retribución. Esta información es indispensable para calcular correctamente los costes del contrato.
En muchos expedientes de contratación, los errores en el cálculo de los costes de subrogación son el origen de los principales problemas durante la ejecución. Si el licitador no tiene en cuenta la antigüedad real de los trabajadores o las horas de trabajo según sus contratos actuales, la oferta puede resultar inviable desde el primer mes.
La obligación de subrogación en el sector de limpieza deriva habitualmente del propio convenio colectivo estatal, que incluye cláusulas específicas al respecto. Ante cualquier duda sobre el texto aplicable o su versión vigente, se recomienda consultar el convenio actualizado a través del Ministerio de Trabajo y Economía Social.
Cómo se estructura el pliego en un contrato de limpieza
El Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT) de un contrato de limpieza suele definir con detalle las superficies a limpiar en metros cuadrados, la frecuencia mínima de cada tarea (diaria, semanal, mensual), los productos y maquinaria exigidos y los estándares de calidad a acreditar. La exigencia de certificaciones como la ISO 9001 (gestión de calidad) o la ISO 14001 (gestión ambiental) es cada vez más frecuente en pliegos de entidades de cierto tamaño.
La estructura de la oferta por sobres determina cuándo se valoran los aspectos técnicos y cuándo el precio. En la mayor parte de los contratos de limpieza se utilizan dos sobres: el de documentación administrativa y el de la oferta, que puede incluir a su vez criterios de juicio de valor y criterios automáticos evaluados mediante fórmula.
La división en lotes (art. 99 LCSP) es habitual en contratos que agrupan múltiples edificios o zonas geográficas. Esto abre oportunidades para empresas de menor tamaño, que pueden optar a uno o varios lotes sin necesidad de cubrir la totalidad del contrato. En la práctica, cada lote tiene su propio presupuesto, sus propios pliegos técnicos y, en muchos casos, sus propias condiciones de subrogación.
Criterios de adjudicación y estrategia de puntuación
Los criterios de adjudicación en contratos de limpieza distribuyen habitualmente la puntuación entre precio y calidad técnica, con un peso del precio que oscila entre el 30% y el 50% del total. A medida que los órganos de contratación incorporan criterios de sostenibilidad y sociales, la diferenciación por calidad gana relevancia frente a la competencia pura por precio.
Los criterios técnicos más habituales incluyen el plan de trabajo detallado, el uso de productos ecológicos con etiquetado ambiental reconocido, el nivel de formación del personal en prevención de riesgos laborales y las certificaciones de calidad y medioambiente. Muchos pliegos incluyen además condiciones especiales de ejecución de carácter social, como la obligación de contratar a personas de colectivos con dificultades de acceso al empleo o garantizar condiciones laborales superiores al convenio.
Una estrategia eficaz pasa por analizar el margen real entre el presupuesto base y los costes calculados sobre el convenio antes de definir la oferta económica. Conocer ese margen permite plantear una baja competitiva que no ponga en riesgo la rentabilidad durante toda la duración del contrato.
Cómo evitar la baja temeraria en el sector
El sector de limpieza es uno de los más proclives a las bajas temerarias. Los márgenes son reducidos y la presión competitiva es alta, lo que lleva a algunas empresas a presentar ofertas que no cubren los costes laborales mínimos del convenio. El artículo 149 LCSP establece los umbrales de anormalidad según la fórmula prevista en el PCAP y obliga al licitador a justificar su oferta si queda por debajo.
Para evitar esta situación, el punto de partida es calcular los costes sobre el convenio con precisión: número de operarios necesarios, categorías profesionales, horas anuales, costes de seguridad social, costes de subrogación si aplican, materiales y equipamiento. A partir de ese coste base es posible trabajar en eficiencia operativa, pero nunca por debajo de los mínimos legales y convencionales.
Preguntas frecuentes sobre licitaciones de limpieza
¿Es obligatoria la subrogación de personal en todos los contratos de limpieza?
No de forma automática por la LCSP. La obligación de subrogación en el sector de limpieza deriva habitualmente del Convenio Colectivo Estatal del Sector de la Limpieza de Edificios y Locales, que incluye cláusulas específicas al respecto. Cuando el convenio la establece, el artículo 130 LCSP obliga al órgano de contratación a incluir la información sobre la plantilla afectada en los pliegos, para que los licitadores puedan calcular estos costes correctamente.
¿Qué códigos CPV se usan principalmente en contratos de limpieza?
Los más frecuentes son el 90910000 (servicios de limpieza en general), el 90911000 (limpieza de viviendas, edificios y ventanas), el 90911200 (limpieza de edificios) y el 90919200 (limpieza de oficinas). El código utilizado varía en función del tipo de instalación y del alcance del servicio. Conocer los CPV del sector permite configurar alertas automáticas y detectar nuevas oportunidades de forma sistemática.
¿Puede un contrato de limpieza declararse desierto por ausencia de ofertas?
Sí, aunque no es lo más frecuente. Puede ocurrir cuando el presupuesto base está calculado por debajo de los costes reales derivados del convenio, lo que desincentiva la presentación de ofertas viables. También se produce cuando los requisitos de solvencia son desproporcionados respecto al importe del contrato o cuando los plazos de presentación son excesivamente ajustados.
Conclusiones sobre la contratación pública en el sector de limpieza
La contratación pública en el sector de limpieza tiene reglas propias que van más allá de la normativa general de la LCSP. El convenio colectivo sectorial, la obligación de subrogación, los márgenes ajustados y la alta competencia por precio hacen imprescindible un análisis técnico y económico riguroso antes de presentar cualquier oferta.
Las empresas que consiguen diferenciarse en este sector lo hacen mediante tres palancas: una planificación operativa detallada que permita justificar el precio ofertado, una propuesta técnica que vaya más allá del mínimo exigido por el pliego, y una gestión precisa de los costes de subrogación desde el inicio de la preparación. Tendios facilita el seguimiento de licitaciones del sector mediante alertas configuradas por CPV, territorio e importe, de forma que las empresas puedan detectar oportunidades antes de que finalice el plazo de presentación.






