Ley Foral de Navarra: guía completa

La contratación pública en España no es homogénea en todo el territorio. Debido a su régimen foral, la Comunidad Foral de Navarra posee competencia exclusiva en materia de contratos y concesiones administrativas. Esto implica que, mientras la mayoría del país se rige por la Ley 9/2017 (LCSP), en esta región aplica la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos.
Para las empresas que licitan a nivel nacional y para las entidades públicas navarras, comprender los matices de la Ley Foral 2/2018 de Contratos Públicos es crítico. No se trata solo de un cambio de nombre, sino de diferencias sustanciales en umbrales, procedimientos y criterios de adjudicación.
¿Qué es la Ley Foral 2/2018 de Contratos Públicos?
La Ley Foral 2/2018 nace con el objetivo de adaptar la normativa navarra a las Directivas Europeas de 2014 (2014/23/UE y 2014/24/UE). Su finalidad trasciende la mera trasposición normativa: busca modernizar el sistema para conseguir una mayor eficiencia en el gasto público y facilitar el acceso a las PYMES.
A diferencia de leyes anteriores, esta norma establece una regulación general aplicable a todos los poderes adjudicadores de la región, independientemente de si son Administraciones Públicas o no, unificando criterios bajo un mismo paraguas jurídico. Puedes consultar el texto consolidado en el Boletín Oficial de Navarra (BON).
Diferencias clave: Ley Foral 2/2018 vs LCSP
Aunque comparten la base europea, existen discrepancias operativas importantes entre la normativa foral y la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP).
Tabla comparativa de umbrales y procedimientos
| Concepto | Ley Foral 2/2018 (Navarra) | LCSP (Estatal) |
|---|---|---|
| Contrato Menor (Obras) | Hasta 40.000 € (Art. 81) | Hasta 40.000 € |
| Contrato Menor (Serv/Sum) | Hasta 15.000 € (Art. 81) | Hasta 15.000 € |
| Procedimiento Simplificado | Umbrales específicos: < 200k (obras) y < 60k (serv/sum). Se invita a mín. 5 empresas. | Umbrales más altos y requisitos distintos (Art. 159 LCSP). |
| Garantía Definitiva | Generalmente el 4% del importe de adjudicación (Art. 70). | Generalmente el 5% del importe de adjudicación. |
| Criterios Sociales | Incorporación preceptiva y transversal (Art. 2). | Obligatorio incluir al menos una condición especial de ejecución. |
Criterios sociales y medioambientales obligatorios
En la Ley Foral 2/2018 de Contratos Públicos, la incorporación de criterios sociales no es una opción "estética". La ley establece en su artículo 2 que estos criterios deben incorporarse de manera transversal. Esto obliga a los órganos de contratación a diseñar pliegos que no solo busquen el precio, sino el valor social y la sostenibilidad.
Novedades en procedimientos y gestión
La Ley Foral de Contratos Públicos introduce mecanismos diseñados para agilizar la burocracia y mejorar la transparencia.
1. El Procedimiento Simplificado Navarro
Regulado en el artículo 80, este procedimiento permite al órgano de contratación solicitar una oferta a, al menos, cinco empresas o profesionales capacitados. Solo puede utilizarse en contratos de obras inferiores a 200.000 euros y de suministros o servicios inferiores a 60.000 euros. Es una herramienta ágil para las PYMES locales.
2. División en lotes y oferta integradora
Para facilitar el acceso al tejido empresarial, la regla general es la división del contrato en lotes. Si se decide no dividir, debe justificarse motivadamente. Además, la ley contempla la oferta integradora, que permite a una empresa presentar una oferta conjunta para varios lotes si los pliegos así lo autorizan, optimizando costes.
3. Garantías y Penalidades
La Ley Foral 2/2018 establece que la garantía provisional es excepcional (máximo 2%). La garantía definitiva se fija en un 4% del importe de adjudicación, un punto por debajo de la norma estatal. Respecto a las penalidades, el artículo 146 establece un régimen escalado (leves, graves, muy graves) que puede llegar hasta el 10% del importe del contrato por incumplimientos muy graves.
El Portal de Contratación de Navarra
La transparencia es el eje vertebrador de la norma. El Portal de Contratación de Navarra es el medio oficial para la publicidad de las licitaciones.
Es importante destacar que todas las adjudicaciones, incluidas las de los contratos de menor cuantía (que se publican trimestralmente), deben aparecer en este portal. Además, la Plataforma de Licitación Electrónica de Navarra es la herramienta obligatoria para la presentación de ofertas, eliminando el papel del proceso.
Recursos y reclamaciones: el Tribunal Administrativo
Una pieza clave del sistema de garantías de la Ley Foral 2/2018 de Contratos Públicos es el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Navarra. Este órgano independiente resuelve las reclamaciones especiales en materia de contratación.
Es fundamental para los licitadores saber que pueden impugnar ante este tribunal los pliegos, actos de trámite cualificados o la adjudicación si consideran que se han vulnerado sus derechos o los principios de la normativa europea.
Cómo gestionar la Ley Foral con tecnología
Gestionar licitaciones con normativas distintas puede ser un desafío administrativo. Aquí es donde la tecnología de Tendios aporta valor diferencial.
- Para empresas (B2B): Nuestra plataforma agrega en tiempo real las oportunidades del Portal de Contratación de Navarra. Gracias a la inteligencia artificial, Tendios detecta si una licitación se rige por la Ley Foral 2/2018 o la LCSP y resume automáticamente los requisitos de solvencia y criterios de adjudicación específicos, ahorrando horas de lectura técnica.
- Para instituciones (B2G): La redacción de pliegos bajo la normativa foral requiere rigor para evitar nulidades. Los asistentes de redacción de Tendios ayudan a generar expedientes que cumplen con las particularidades forales, como las cláusulas sociales obligatorias o los umbrales del procedimiento simplificado.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Cuál es la principal diferencia entre la Ley Foral 2/2018 y la LCSP?
La principal diferencia radica en los umbrales de los procedimientos (especialmente el simplificado), la cuantía de la garantía definitiva (4% en Navarra vs 5% estatal) y la obligatoriedad transversal de criterios sociales y medioambientales en Navarra.
¿Cuánto es el límite de los contratos menores en Navarra?
Según el artículo 81 de la Ley Foral, se consideran contratos de menor cuantía los de obras inferiores a 40.000 euros y los de suministros o servicios inferiores a 15.000 euros (IVA excluido).
¿Dónde se publican las licitaciones de Navarra?
Todas las licitaciones deben publicarse en el Portal de Contratación de Navarra. Si superan los umbrales europeos (SARA), también se publican en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE).
¿Es obligatorio estar inscrito en el Registro de Licitadores?
Para el procedimiento simplificado, la Ley Foral exige no la inscripción previa, sino que se solicite oferta a empresas capacitadas. No obstante, estar inscrito en el Registro Voluntario de Licitadores de Navarra facilita enormemente la acreditación de la solvencia y capacidad de obrar.
¿Cómo afecta la división en lotes a mi empresa?
La Ley Foral 2/2018 prioriza la división en lotes para favorecer a las PYMES. Esto significa que puedes optar a una parte del contrato sin necesidad de tener la capacidad financiera para ejecutar la totalidad del proyecto.
La Ley Foral 2/2018 de Contratos Públicos es una norma moderna que apuesta por la calidad y la sostenibilidad. Conocer sus matices es esencial para operar con éxito en la región.
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